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Con el objetivo de controlar, verificar, fiscalizar e investigar, SIN solicita a Derechos Reales informe actualizado al 31 de diciembre de 2020 de todas aquellas personas que tengan más de 10 inmuebles

Recordemos que la Administración Tributaria informó con oportunidad que el Artículo 15 de la Ley 1357 dispone una "multa equivalente al 200% del tributo omitido" para los contribuyentes pasivos del IGF que omitan el pago de este tributo en los plazos establecidos

En un comunicado indica que en reiteradas oportunidades informó que ejercería de oficio sus facultades para identificar a las personas naturales con un patrimonio neto superior a Bs 30 millones que no se registren y paguen el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), en los plazos establecidos en la Ley 1357.

Mediante una carta, Mario Cazón, presidente del Servicio  Impuestos Nacionales (SIN), con el objetivo de controlar, verificar, fiscalizar e investigar, solicita a Derechos Reales un informe actualizado al 31 de diciembre de 2020 de todas aquellas personas naturales que tengan más de 10 inmuebles.

José Barros, director de Derechos Reales del Consejo de la Magistratura, emitió un comunicado destinado a los registradores y subregistradores para que cumplan con la solicitud del SIN.

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“En consecuencia solicito que a la brevedad posible sus autoridades remitan el detalle propietario, de personas naturales, que registren más de 10 bienes inmuebles al 31 de diciembre del 2020”, pide Barros.

Experto tributario, Pablo Ordoñez, sostuvo que, en el ámbito de lo posible, debido a que no hay más referencias, el pedido de informe del Fisco a Derechos Reales tiene una relación con el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) que se encuentra vigente y que grava un tributo a las personas que tengan un patrimonio de Bs 30 millones.

Ordoñez sostuvo que justamente el pedido de informe hasta el 31 de diciembre tiene que ver con el cobro del IGF porque toma en cuenta el patrimonio acumulado hasta dicha fecha.

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Para Jorge Zogbi este pedido de informe tranquilamente se puede extender para que al Sistema Financiero o las instituciones que registran propiedad de los vehículos para dar con personas que tengan un patrimonio de Bs 30 millones y deban pagar el IGF.

Zogbi, analista tributario, coincidió con Ordoñez y detalló que este pedido de informe tiene que ver con que el Fisco que en sus atribuciones considera que puede haber personas que tengan esta cantidad de viviendas y sumen los Bs 30 millones y que no se han registrado por lo que pide un informe a Derechos Reales para un posible posterior cobro con la correspondiente multa por evadir dicho gravamen.

"La solicitud de información a Derechos Reales sobre personas naturales que registren más de 10 bienes inmuebles al 31 de diciembre del 2020, está en el marco de la investigación fiscal para determinar quiénes aún no cumplieron con la obligación de pagar el IGF", indicaron desde el SIN.

Cualquier investigación en el marco del IGF se encuentra debidamente respalda por la ley antes mencionada y su reglamento, el Decreto Supremo Nº 4436; que en su Artículo 10 dispone acciones para que la Administración Tributaria pueda observar de oficio los valores declarados por el contribuyente, en el ejercicio de sus facultades de investigación, control, verificación y fiscalización.

Recaudación del IGF alcanzó hasta el 31 de mayo de este año a Bs 240,1 millones mientras que el número de contribuyentes inscritos en este nuevo régimen llegó a 206 personas naturales que tienen un patrimonio neto superior a Bs 30 millones.

De acuerdo al Artículo 66 (Facultades Específicas) y el Artículo 100 (Ejercicio de la Facultad) del Código Tributario Boliviano (CTB) facultan también al SIN a ejercer dichas atribuciones, en estricto apego a la normativa tributaria vigente.

Recordemos que la Administración Tributaria informó con oportunidad que el Artículo 15 de la Ley 1357 dispone una “multa equivalente al 200% del tributo omitido” para los contribuyentes pasivos del IGF que omitan el pago de este tributo en los plazos establecidos.

 


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