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53,89% de la población beneficiaria con la Renta Dignidad son mujeres de acuerdo a la Gestora Pública

Por cada hijo nacido vivo, a las bolivianas se le adicionan 12 periodos, hasta un máximo de 36, para alcanzar los 120 aportes, siempre y cuando cumpla con la edad de 58 años para solicitar una Prestación Solidaria de Vejez

53,89% de la población beneficiaria con la Renta Dignidad son féminas, informó la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo este miércoles Día de la Mujer Boliviana.

Según el reporte de esta empresa, de los 1.165.644 bolivianos de más de 60 años que cobran la Renta Dignidad, que equivalen aproximadamente al 10 % de la población boliviana, 628.166 son mujeres, cifra que equivale al 53,89%.

La Renta Dignidad es un pago mensual, universal y vitalicio que proporciona el Estado boliviano a las personas de 60 años o más, residentes en el país, que se financia con una parte del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y un porcentaje de los dividendos de las empresas públicas capitalizadas y nacionalizadas, entre otros.

En términos porcentuales, las mujeres representan el 57,73% de la población total beneficiada con esta renta no contributiva en el departamento de Potosí (60.629), le sigue Oruro con el 56,68% (37.291) y Cochabamba con 55,16% (117.762).

En un segundo grupo se encuentran Chuquisaca con el 54,93% (41.672), Tarija con el 54,43% (35.638) y La Paz con el 53,76 % de la población total beneficiada (195.626).

En el tercero está Santa Cruz, donde las mujeres representan el 51,07 % (117.788) de la población total beneficiada, Beni con 48,45 % (19.484) y Pando con 42,78 % (2.276).

La Renta Dignidad fue creada por disposición de la Ley 3791, de 28 de noviembre de 2007, y muestra el compromiso estatal de garantizar una vejez digna a los adultos mayores en Bolivia.

El 11 de octubre de cada año fue establecido como el Día de la Mujer Boliviana, en homenaje al nacimiento de la poetisa y educadora cochabambina Adela Zamudio, pionera del feminismo en Bolivia, como reconocimiento a la contribución femenina al progreso del país.

La Ley 065 de Pensiones establece las siguientes políticas en reconocimiento al aporte social del género femenino: aporte por cada hijo nacido vivo, reducción de la edad de jubilación y reducción de la edad para una prestación de vejez.

Por cada hijo nacido vivo, a las bolivianas se le adicionan 12 periodos, hasta un máximo de 36, para alcanzar los 120 aportes, siempre y cuando cumpla con la edad de 58 años para solicitar una Prestación Solidaria de Vejez. (Art.77).

Las bolivianas que cuenten con al menos 120 aportes en el Sistema Integral de Pensiones (SIP) pueden solicitar que se le disminuya un año de edad de acceso a la Prestación Solidaria de Vejez, hasta un máximo de tres años, por cada hijo nacido vivo, este beneficio es excluyente del anterior (Art. 78).

Aquellas que tengan 58 años y 120 aportes, pueden tener una reducción de edad de un año por cada hijo nacido vivo, hasta un máximo de tres años, para acceder a una Prestación de Vejez (pensión de vejez, pensión por muerte a derechohabientes, vitalicias y temporales según correspondan y gastos funerarios al fallecimiento del asegurado con pensión de vejez).


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