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Asamblea Legislativa descarta censura contra ministro Del Castillo por aprehensión de Fernando Camacho

De 151 asambleístas presentes, 88 apoyaron la opción de resolver por el Orden del Día Puro y Simple en contra del ministro, la propuesta necesitaba solo 76 votos para lograr la mayoría absoluta

 Asamblea Legislativa aprobó este martes, por mayoría absoluta, el Orden del Día Puro y Simple en la interpelación al ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, por la aprehensión del ahora encarcelado gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, el 28 de diciembre de 2022, descartando la censura de esta autoridad.

De los 151 asambleístas presentes, 88 apoyaron la opción de resolver por el Orden del Día Puro y Simple en contra del ministro, que no produce efecto alguno. La propuesta necesitaba solo 76 votos para lograr la mayoría absoluta.

“Se aprobó el Orden del Día Puro y Simple, por lo que se descarta la segunda propuesta (por el Orden del Día Motivado que implica la censura). Al haber concluido el orden del día damos por concluida la presente sesión”, dijo el presidente de la Asamblea y vicepresidente del Estado, David Choquehuanca, luego de casi seis horas que se extendió la sesión de interpelación que inició a las 15h00.

En la sesión, el ministro de Gobierno aseveró que la aprehensión de Luis Fernando Camacho cumplió con todos los protocolos establecidos por la normativa legal vigente y que la Policía Boliviana no cometió ningún exceso en el uso de la fuerza.

Luego de la segunda ronda de intervenciones, de los interpelantes y el ministro, y la votación, el presidente de la Asamblea anunció que convocará a los jefes y subjefes de las tres bancadas y a los presidentes de Diputados y de Senadores a una reunión, el lunes 29 de mayo a las 18h00, con el fin de asumir acciones para que “no se repitan estos hechos inadmisibles para el pueblo boliviano”.

“Se demuestra con hechos y datos objetivos que la Policía en ningún momento actuó con violencia excesiva o represión como se dijo, al contrario, realizó un trabajo efectivo y de acuerdo a los manuales de procedimiento sin ejercer ningún tipo de excesos”, dijo la autoridad.

Señaló que, en diciembre de 2020, la exdiputada Lidia Patty Mullisaca presentó una denuncia ante la justicia ordinaria en contra de Luis Fernando Camacho, el caso fue denominado “Golpe I”.

Asimismo, dijo que las autoridades jurisdiccionales iniciaron una investigación pormenorizada de los sucesos cometidos en noviembre de 2019, época donde Camacho tranzó, mediante su padre, un acuerdo con militares y policías para exigir la renuncia del entonces presidente Evo Morales, esta acción fue tipificada como Terrorismo, acorde con el Artículo 133 del Código Penal. Indicó también que Camacho hizo caso omiso a diferentes citaciones emitidas por el Ministerio Público entorno a las investigaciones que se desarrollaban en su contra.

Es así que en octubre de 2021, las autoridades judiciales emitieron la primera notificación sin tener una respuesta por parte del sindicado. Posteriormente, en julio de 2022, se gestionó a través de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz la toma de declaraciones de Fernando Camacho, sin embargo, ello no prosperó debido a amenazas que sufrió la Comisión de Fiscales.

“Cabe enfatizar que el 3 de diciembre de 2020 fue admitida la denuncia, dos años y 25 días más tarde recién el Ministerio Público emitió el mandamiento de aprehensión en contra de este sujeto. Dos años que tenía conocimiento y nunca le interesó apersonarse correctamente, conforme a normativa legal vigente”, declaró Del Castillo.

Entorno a la orden de aprehensión de Camacho, la autoridad detalló que la Policía Boliviana dio cumplimiento a la misma, ya que fue emanada por el Ministerio Público acorde con la normativa legal vigente.

Citó el artículo 226 del Código de Procedimiento Penal que faculta al fiscal a ordenar la aprehensión de cualquier imputado dentro de un proceso, y destacó el artículo 122 del mismo código que indica que el fiscal, juez o tribunal dispondrá la intervención de la fuerza pública y las medidas que sean necesarias para efectivizar la aprehensión.

“Se corrobora de manera fehaciente y objetiva que se contaba con un mandamiento de aprehensión emitido por una autoridad fiscal, y ésta instruía a cualquier efectivo policial ejecutar la misma, motivo por el cual, la Policía Boliviana dio cumplimiento a las mencionadas disposiciones normativas”, señaló.

En cuanto al protocolo empleado en la aprehensión de Camacho, el ministro señaló que se tomaron todos los parámetros para resguardar su integridad. Las acciones policiales se ejecutaron sin ningún tipo de excesos, exhibiendo la orden de aprehensión respectiva que fue firmada por el mismo Camacho.

Enfatizó que la Policía Boliviana cuenta con un “Manual de Técnicas Básicas de Intervención Policial en el Contexto de los Derechos Humanos”, este instrumento señala los principios de legalidad y proporcionalidad del uso de la fuerza pública.

Luego de responder a las once preguntas de la interpelación, a las 20h00, se produjo un incidente entre legisladoras del MAS y de la oposición, lo que obligó a Del Castillo a terminar su exposición. Ante el hecho, el presidente de la Asamblea declaró un cuarto intermedio en sala.


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